Convenios y Comités

Comité autonómico de estudios post-autorización observacionales de medicamentos (CAEPO)

Objetivo:
El Comité Autonómico de Estudios Post-autorización Observacionales de Medicamentos y Productos Sanitarios de la Comunitat Valenciana (CAEPO) es un órgano consultivo para la autorización de la realización de dichos estudios en su ámbito de competencias:

  1. Evaluar la pertinencia de los estudios post-autorización presentados en la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.
  2. Establecer los criterios de valoración por los que se regirá el CAEPO para la evaluación de la pertinencia de los estudios post-autorización.
  3. Emitir informe motivado al Director General de Farmacia y Productos Sanitarios sobre la pertinencia de los estudios post-autorización.

Composición:

  • PRESIDENTE: Será el Jefe de Área de Farmacia y Productos Sanitarios.
  • VICEPRESIDENTE: Será el Jefe de Servicio de Provisión y Asistencia Farmacéutica.
  • Los Jefes de Servicio de Prestación Ortoprotésica y Ordenación y Control de Medicamentos y Productos Sanitarios.
  • Un profesional del Centro Autonómico Valenciano de Información de Medicamentos, que actuará como Secretario.
  • Dos profesionales, preferentemente médicos, que pertenezcan o hayan pertenecido a los CEIC de Atención Primaria acreditados por la Conselleria de Sanidad.
  • Dos profesionales, preferentemente médicos, que pertenezcan o haya pertenecido a los Comités Éticos de Investigación Clínica de Hospital acreditados por la Conselleria de Sanidad.
  • Un farmacéutico de Atención Primaria.
  • Un farmacéutico de Atención Especializada.
  • Un especialista en oncología.
  • Un especialista de medicina interna.
  • Dos médicos de Atención Primaria.
  • Un farmacólogo clínico.
  • Un experto en epidemiología y estadística.

Normativa relacionada:
Decreto 73/2009, de 5 de junio, del Consell, por el que se regula la gestión de ensayos clínicos y estudios post-autorización observacionales con medicamentos y productos sanitarios.

Frecuencia de reunión:
La periodicidad de las reuniones de carácter ordinario del CAEPO se establecerá en función de la entrada de solicitudes de estudios postautorización en la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, teniendo siempre en cuenta el necesario cumplimiento de los plazos previstos en la Resolución de 16 de julio 2009, de la Conselleria de Sanitat, de regulación de los procedimientos, documentación y plazos a observar en la presentación y modificaciones en procesos relacionados con los ensayos clínicos y estudios postautorización observacionales de medicamentos y productos sanitarios en la Comunitat Valenciana.

Reuniones celebradas:

3 de diciembre de 2009 (Constitución del CAEPO)

15 de febrero de 2010

20 de abril de 2010