Toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez, que recibida la información asistencial, haya valorado las opciones propias del caso.
El consentimiento será verbal por regla general, sin embargo se prestará por escrito en los casos de intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores, y, en general, ante la aplicación de procedimientos que supongan riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente.
El consentimiento deberá recabarse por el profesional sanitario responsable de la intervención quirúrgica, diagnóstica o terapéutica. La persona afectada podrá libremente retirar por escrito su consentimiento en cualquier momento.
Más información:
Nota aclaratoria
Los documentos de Consentimiento Informado son documentos dinámicos sujetos a actualizaciones y nuevas incorporaciones derivadas de los avances científicos, así como a modificaciones sugeridas por los profesionales. Los documentos de Consentimiento Informado deberán ser aprobados por el Comité de Bioética de la Comunitat Valenciana (CBCV).
Documentos
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Procedimiento para la obtención del Consentimiento Informado
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Normas para la elaboración de documentos de consentimiento informado
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Modelo de consentimiento informado (descarga documento de word)
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Documentos complementarios a los consentimientos informados
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Modelo de información complementaria al consentimiento informado (opcional) (descarga documento de word)
Consentimientos