Portal del Paciente

Consentimiento informado

Toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez, que recibida la información asistencial, haya valorado las opciones propias del caso.

El consentimiento será verbal por regla general, sin embargo se prestará por escrito en los casos de intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores, y, en general, ante la aplicación de procedimientos que supongan riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente.

El consentimiento deberá recabarse por el profesional sanitario responsable de la intervención quirúrgica, diagnóstica o terapéutica. La persona afectada podrá libremente retirar por escrito su consentimiento en cualquier momento.

 

Más información:

 

  • Ley 10/2014 de 29 de diciembre, de la Generalitat de Salut de la Comunitat Valenciana. Enlace.

  • Ley 8/2018, de 20 de abril, de la Generalitat. Enlace 

Guía de Documentos de Consentimiento Informado por especialidades

Nota aclaratoria

 

Los documentos de Consentimiento Informado son documentos dinámicos sujetos a actualizaciones y nuevas incorporaciones derivadas de los avances científicos, así como a modificaciones sugeridas por los profesionales. Los documentos de Consentimiento Informado  deberán ser aprobados por el Comité de Bioética de la Comunitat Valenciana (CBCV).

 

Documentos

 

 

 

Consentimientos

 

Guía CI Castellano

Guía CI Valenciano

Guía CI Inglés