El/la usuario/a puede encontrar la fecha de la última actualización junto al nombre de la categoría correspondiente.
No. Todas las publicaciones se incorporan a la web en cuanto se realizan.
La información que se ofrece es la transmitida al Servicio de Planificación, Selección y Provisión de Recursos Humanos por los órganos implicados en cada proceso y tiene un mero carácter indicativo no vinculante.
El/la interesado/a puede dirigir una solicitud junto a su currículum al Departamento del que dependa el centro donde pretende prestar servicios mediante comisión de servicios. El Servicio de Planificación, Selección y Provisión de Recursos Humanos tramita únicamente aquellas solicitudes de comisiones de servicios realizadas por los Departamentos.
El/la interesado/a deberá entregar por registro de entrada una solicitud indicando todos sus datos y una relación de centros por orden de preferencia en los que desee realizar el reingreso provisional al servicio activo. A la solicitud deberá acompañar copia del nombramiento en la categoría correspondiente, así como de la excedencia.
El reingreso provisional podrá efectuarse en cualquier centro en el que exista vacante dependiente de la Agencia Valenciana de Salud, siempre que se trate de personal que haya obtenido la excedencia en la Agencia Valenciana de Salud.
Se puede solicitar la suspensión del plazo posesorio cuando haya motivos debidamente justificados y siempre supeditado al informe favorable de la Dirección General de Ordenación y Asistencia Sanitaria y posterior resolución de la Dirección General de Recursos Humanos de la Sanidad. Se iniciará el plazo posesorio en el momento en que desaparezcan las causas que motivaron la resolución.
Se puede desistir de la participación del concurso (no renunciar a la plaza adjudicada) hasta el último día del plazo de reclamaciones contra la resolución provisional del concurso. La renuncia posterior o no tomar posesión en plazo conllevan la penalización de ser declarado en situación de excedencia voluntaria un período mínimo de dos años.
Las plazas se adjudicarán entre los aspirantes de acuerdo con la solicitud, orden de preferencia y por el orden de la puntuación alcanzada. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas los aspirantes que no soliciten plaza en tiempo y forma, así como aquellos que no obtengan plaza alguna de entre las efectivamente solicitadas. Solamente podrán ser declarados aprobados en las pruebas selectivas y, por lo tanto, nombrados, los aspirantes que obtengan plaza. De lo anterior se desprende que es conveniente solicitar, al menos, el mismo número de plazas que el número que se ocupe por orden de puntuación, incluidos los participantes por promoción interna, los cuales tienen preferencia para solicitar plaza por delante del turno libre.
Hay que tener plaza en propiedad en la Agencia Valenciana de Salud en otra categoría de grupo de titulación igual o inferior, y haber prestado servicios en dicha categoría al menos dos años (no hace falta que sean ininterrumpidos ni inmediatamente anteriores), o bien haber tenido plaza reservada en esa categoría al menos durante ese tiempo.