Comité de Bioètica de la CV (CBCV)

Introducción

El  derecho a la protección de la salud está reconocido en el artículo 43 de la Constitución española, constituyendo, por lo tanto, un derecho esencial de la persona.

Los avances en el campo de la ciencia, la tecnología y la medicina, precisan de una disciplina, la bioética que facilite la toma de decisiones prudentes basadas en una reflexión crítica, ante los conflictos éticos que puedan presentarse en el ámbito sanitario, de modo que se respeten al máximo los valores que entran en juego, intentando conjugar de esta manera los derechos reconocidos en los artículos 10 y 43 de la referida Constitución.

En este sentido, se publicó el Decreto 130/2016, de 7 de octubre, del Consell, por el que se crea y regula el Comité de Bioética de la Comunitat Valenciana y se crean los comités de bioética asistencial de los departamentos de salud como órganos garantes de los derechos de personas usuarias y pacientes del Sistema Valenciano de Salud. [2016/7945] (Diari Oficial núm. 7895, de 13.10.2016), teniendo por objeto, crear y regular el CBCV, como órgano que velará por el cumplimiento de los derechos de las personas usuarias y pacientes del Sistema Valenciano de Salud y asesorará ante situaciones de conflicto ético en el ámbito sanitario.

El CBCV es el máximo  órgano colegiado de consulta y asesoramiento en materia ética asistencial, con carácter permanente, interdisciplinar y plural.

El ámbito de actuación del CBCV es la Comunitat Valenciana.