Un nuevo paradigma ha de implantarse en el sistema sanitario que nos permita abordar de manera integral la salud de las mujeres y los hombres desde su diferencia biológica y también psicosocial y en armonía con el medioambiente.
Esta necesidad de contemplar la salud desde la perspectiva del género como una variable más, contribuye a determinar cómo el género condiciona la igualdad y la equidad en la salud. Evitar los sesgos de género en la clínica motivados por estereotipos sociales puede evitar mucha inequidad en el trato sanitario a las mujeres.
Las mujeres tienen una vivencia de su salud y unas formas de enfermar diferentes, no solo por su biología sino por los roles sociales que ejercen y que les proporcionan diferentes condiciones sociales, económicas, culturales o de valores, a saber, los denominados determinantes sociales de género. Recordemos que más del 40% de los riesgos para la salud son ajenos a nuestro cuerpo son socio-medioambientales.
Por ello, la investigación sanitaria tiene una asignatura pendiente con las mujeres. Hemos de fomentar las investigaciones sobre las enfermedades que más les afectan. Y también estudiar todas las enfermedades teniendo en cuenta la diversidad de mujeres y hombres que las padecen y evitar el androcentrismo que hace que el hombre sea la medida de todas las cosas.
Estos son algunos de los retos a impulsar desde la Unidad de Igualdad, trasladar este enfoque de género a los Planes, Estrategias, Guías, Protocolos, etc. que elabore la Conselleria contribuyendo así a una sanidad más justa, eficiente y equitativa.
La ley 8/2017, de 7 de abril o, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y expresión de género de la Comunidad Valenciana, definió el concepto de identidad de género teniendo en cuenta el criterio de la Agencia de Derechos fundamentales de la Unión Europea y el punto de vista de las principales organizaciones de personas trans* europeas e internacionales.
Entre los derechos protegidos están el reconocimiento a su identidad de género libremente autodeterminada, a recibir un trato acorde a la identidad sentida en todos los ámbitos públicos y privados y a recibir una atención integral y adecuada a las necesidades individuales, médicas, psicológicas, jurídicas, educativas, sociales, laborales y culturales con respecto a la identidad libremente manifestada.
Para llevar a cabo las funciones previstas en la citada ley se creó una Unidad de Referencia de Identidad de Género en la Comunidad Valenciana, con tres niveles asistenciales en cada una de las provincias, Alicante, Castellón y Valencia, regulada por Resolución de la secretaría autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público, de fecha 15 de junio de 2017.
La Unidad de Referencia de Identidad de Género (UIG), realiza una atención sanitaria multidisciplinar basada en una toma de decisiones compartidas asumiendo los principios de no discriminación, atención integral de calidad y respecto a la identidad de género en las mismas condiciones que al resto de las personas usuarias del sistema de salud.
Se utiliza un protocolo individualizado con garantidas de calidad basadas en la evidencia científica, el acompañamiento, asesoramiento y tratamiento de las personas con incongruencia de género de todas las edades y de sus familias.
Está integrada por profesionales de diversas especialidades sanitarias con formación específica en identidad de género, en sus tres niveles asistenciales:
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Nivel 1/ Fase asistencial de atención psicosexual/psicoterapéutica
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Nivel 2/ Fase asistencial hormonal y farmacológica
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Nivel 3/ Fase asistencial de atención quirúrgica
En el siguiente mapa puedes localizar los recursos asistenciales.
El acceso al primer nivel asistencial se realiza desde atención primaria, pediatría y asistencia hospitalaria mediante propuesta realizada al Centro de Salud Sexual y Reproductiva, nivel 1, de cada provincia. Desde atención primaria se remite mediante propuesta o comunicación directa con los Centros de Salud Sexual y Reproductiva, que actúan como gestores de los casos.
Quienes se desplacen desde otras Comunidades Autónomas y que ya estén en tratamiento se podrán remitir a los Servicios de Endocrinología de referencia de cada provincia.