Destacamos
Salut Publica
Visualización del menú
PISCINAS DE USO PÚBLICO
El uso de instalaciones destinadas al baño, ya sea con fines recreativos, deportivos, de relajación, terapéuticos o de rehabilitación, puede conllevar riesgos sanitarios en función del medio en que se desenvuelvan y de los recursos empleados en su mantenimiento.
Las actuaciones de salud pública en materia de protección de la salud y el bienestar de las personas, se dirigen, entre otros, a prevenir los riesgos sanitarios asociados a estas instalaciones, garantizando a la población unas adecuadas condiciones de salubridad.
Desde el punto de vista sanitario se realiza una vigilancia y control de las condiciones higiénico-sanitarias así como de calidad del agua de baño y del aire de piscinas de uso público de la Comunidad Valenciana, con el fin de reducir la exposición de la población a los posibles peligros físicos, químicos y microbiológicos, relacionados con las mismas.
Descarga
Descarga la versión en inglés
Profesionales
- Comunicación previa de llenado de piscinas.
- Actuaciones ante presencia de heces, vómitos u otros residuos orgánicos visibles en el agua de los vasos.
- Recomendaciones ante la presencia de Cryptosporidium en piscinas e instalaciones de uso recreativo.
- Guía para la elaboración del protocolo de autocontrol de piscinas. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (2014).
- Criterios técnico-sanitarios de las piscinas (Real Decreto 742/2013). Versión consolidada.
- Criterios higiénico-sanitarios aplicables a las piscinas de uso público (Decreto 85/2018).
- Frecuencia de análisis de los parámetros de calidad agua/aire.
Enlaces externos de interés