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PARTICIPACIÓN INFORMADA
Participación informada
La participación en los Programas de Cribado de Cáncer es un importante indicador de calidad, y de ella depende en gran medida la disminución de la incidencia y de la mortalidad por cáncer de la población.
Los resultados de participación obtenidos en el Programa de Detección Precoz de Cáncer de Colon y Recto de la Comunitat Valenciana son más bajos que los obtenidos en el Programa de Prevención de Cáncer de Mama de la Comunitat Valenciana. Esto se debe, entre otros factores, a una falta de sensibilización de la población sobre la importancia y gravedad de la enfermedad del cáncer colorrectal y a un déficit de información sobre los beneficios de participar en el programa de cribado, debido en parte a la corta trayectoria de desarrollo del mismo.
Debemos, por tanto, trabajar para aumentar la participación de la población, pero sin olvidar que esta participación debe estar basada en una toma de decisión informada.
El reconocimiento al derecho a la información, en el campo de la salud, encuentra su primer marco legal en el Convenio del Consejo de Europa sobre los derechos del hombre y la biomedicina, firmado el 4 de abril de 1997. En este convenio se reconoce explícitamente, en el apartado 2 del artículo 10, que "toda persona tendrá derecho a conocer toda la información obtenida respecto a su salud".
A nivel estatal, la Ley 41/2002 básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, recoge de manera más específica los aspectos que se deben tener en cuenta a la hora de ofrecer información relativa a salud, siendo el artículo 4 el que se encarga de esta tarea. En él se especifica que la información ofrecida “comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención, sus riesgos y consecuencias”. Y añade que la información "será verdadera, comprensible y adecuada a sus necesidades, y le ayudará a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad".
Este reconocimiento legal no hace sino que apoyar las crecientes demandas de la población, en relación a las necesidades de información sobre temas relacionados con la salud. Demandas que se canalizan a través del Decálogo de Pacientes, consensuado por 50 organizaciones de pacientes y usuarios de servicios sanitarios, que se reunieron en Barcelona en el año 2003. Entre sus peticiones cabe destacar las demandas de: información de calidad, decisiones centradas en el paciente, respeto a la autonomía del paciente informado y formación de profesionales en habilidades sociales. Demandas que tienen que ver con la exigencia cada vez mayor de procesos de comunicación, centrados en las necesidades de información de los pacientes y usuarios de servicios sanitarios.