INFORMES DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
La OMS establece la estrategia One Health (Una Sola Salud) como una estrategia mundial que busca aumentar la colaboración interdisciplinar en el cuidado de la salud de las personas, los animales y el medio ambiente, para elaborar e implementar programas, políticas y leyes en pro de la mejora de
la salud pública. Desde este enfoque se debe perseguir el objetivo de promover entornos saludables que ayuden a conseguir los objetivos de salud de la población y disminuyan los riesgos derivados de los factores ambientales y sus condicionantes, disminuyendo la carga de enfermedades e identificando nuevas amenazas.
Las acciones de gobierno, a cualquier nivel, y las intervenciones públicas o privadas, tienen en mayor o menor grado repercusiones sobre la salud. Existen causas derivadas de políticas o actividades directamente conducentes a un aumento de los riesgos ambientales para la salud. Algunos ejemplos son aquellas decisiones relativas a la generación de energía, algunas prácticas agrícolas, la producción industrial o actividad empresarial y la ordenación del territorio que supongan un aumento de las emisiones, una exposición nociva o un aumento de la vulnerabilidad, que fomenten conductas poco saludables o aceleren el cambio climático.
En la legislación nacional y autonómica se ha incorporado la obligación de tener en consideración el impacto en la salud tanto de proyectos como de planes y programas en sus respectivos procedimientos de evaluación ambiental. La Evaluación de Impacto en Salud (EIS) recoge el principio de Salud en Todas las Políticas (STP) al ser un instrumento de trabajo intersectorial para mejorar el proceso de toma de decisiones ya que, tras su aplicación, ofrece una serie de recomendaciones destinadas a maximizar las ganancias en salud y disminuir las desigualdades. La Evaluación de Impacto en Salud (EIS) se nutre de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y es el enfoque al que se debe tender, como ya está establecido en el Plan Estratégico de Salud y Medio Ambiente (PESMA). Sin embargo, y mientras se llegue a ese fin, una forma de incorporar STP es la inclusión de la mirada de la salud en los procedimientos administrativos de evaluación ambiental a través de los procesos de participación pública.
1 INSTRUMENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA AMBIENTAL.
La Evaluación Ambiental es el proceso a través del cual se analizan los efectos significativos que tienen o pueden tener sobre el medio ambiente los planes, programas y proyectos, antes de su adopción, aprobación o autorización. Incluyen sus efectos sobre la población, la salud humana, la flora, la fauna, la biodiversidad, la geodiversidad, la tierra, el suelo, el subsuelo, el aire, el agua, el clima, el cambio climático, el paisaje, los bienes materiales, incluyendo el patrimonio cultural, y la interacción entre todos los factores mencionados. La evaluación ambiental incluye tanto la evaluación ambiental estratégica, respecto de planes o programas, como la evaluación de impacto ambiental, respecto de los proyectos.
La normativa que regula la Evaluación ambiental exige a determinadas actividades, planes o programas, con carácter previo a su autorización, una decisión favorable del órgano ambiental de la Administración competente y que es vinculante en caso de ser negativa o de exigir medidas correctoras. La decisión (Declaración de Impacto Ambiental de proyectos, o Declaración Ambiental Estratégica de planes y programas) se emite tras tomar en consideración el estudio de impacto ambiental del proyecto, o el documento inicial estratégico del plan o programa, elaborado por el promotor de la actividad, siguiendo unas pautas establecidas en la propia normativa y sometido a consultas previas, trámites de audiencia e información pública.
1.1 Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación ambiental
La Ley 21/2013, de Evaluación ambiental establece las bases de la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando en todo el territorio del Estado un alto nivel de protección ambiental, con la finalidad de promover un desarrollo sostenible Los procedimientos de evaluación descritos en esta ley son:
- Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) para planes y programas.
- Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) para proyectos
Fases procedimiento Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental
En el ámbito de la Comunitat Valenciana, la Ley 6/2014, de prevención, calidad y control ambiental, incorpora en el ordenamiento jurídico de la Generalitat normativa europea y de ámbito estatal. Configura un sistema de intervención integral y coordina los dos principales sistemas de intervención administrativa para prevenir y reducir en origen la contaminación, que son la Autorización Ambiental Integrada (AAI) y la Licencia Ambiental (LA).
En los anexos de esta normativa se concretan las categorías de actividades sujetas a Autorización Ambiental Integrada (Anexo I) y categorías de actividades sujetas a licencia ambiental (Anexo II).
Así mismo, esta norma describe las figuras de Declaración responsable ambiental y Comunicación de actividades inocuas, para aquellas actividades de baja capacidad de contaminación.
Acabado el trámite de información pública, el órgano sustantivo remitirá el expediente al órgano ambiental para que este emita la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o Declaración Ambiental Estratégica, que se hará pública y establece las condiciones que debe incluir para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales.
Para más información, consulte la página web de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio - Calidad Ambiental
2 LA PERSPECTIVA LA SALUD EN LA EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES
Pese a que el ser humano y su salud son elementos indisociables del medio ambiente, a menudo los aspectos relacionados con la salud humana son tenidos muy poco en cuenta en los expedientes de evaluación ambiental en comparación con la fauna, vegetación o el patrimonio arqueológico. Por ello es necesaria mirada de la salud en la evaluación ambiental y avanzar hacia la EIS y el desarrollo de normativas que primen la salud en todas las políticas.
El V Plan de Salud de la Comunitat Valenciana 2022-2030, incluye 2 objetivos específicos a desarrollar relativos a la EIS y la evaluación Ambiental:
- Objetivo 1.1.4: Avanzar en la implementación de la Evaluación del impacto en salud y la equidad en las políticas sectoriales y locales y definir procedimientos para integrar el impacto en salud en las evaluaciones ambientales.
- Objetivo 2.1.2: Progresar en la introducción efectiva de elementos de evaluación de impactos de salud y equidad en las evaluaciones de impacto ambiental sometidas a la regulación.
La aplicación de la EIS posibilita estimar el efecto de las decisiones políticas de otros sectores extra sanitarios sobre la salud, asegurar una acción coordinada de todos los niveles de las administraciones y cumplir los objetivos de los programas de acción comunitaria en el ámbito de la salud. La aportación principal de la Evaluación del Impacto en Salud es servir de apoyo a la toma de decisiones en su elección entre opciones diferentes, y la de predecir consecuencias de la implementación de dichas opciones.
Sin embargo, mientras se avanza en la integración de la evaluación de impacto en salud en la evaluación ambiental, es necesario dar respuesta desde la administración sanitaria a las demandas establecidas en la legislación vigente sobre EIA, EAE, AAI y LA. Con esta oportunidad, utilizando herramientas e información científica en continúa actualización y normas legales existentes se realiza el informe de evaluación con el objeto último de prevenir, reducir, reparar o compensar los riesgos detectados y que la salud sea tenida en cuenta en la toma de decisiones.
En el marco de la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos, la administración sanitaria participa en el procedimiento de Evaluación Ambiental a través del proceso de consulta a las administraciones afectadas con el fin de promover entornos saludables que ayuden a conseguir los objetivos de salud de la población y disminuir los riesgos derivados de los factores ambientales y sus condicionantes, reduciendo el riesgo para la salud e identificando nuevas amenazas. En este sentido, se realiza una evaluación prospectiva y cualitativa de los impactos en la salud en la documentación presentada junto con cada plan, programa, proyecto o actividad, según sea la intervención administrativa. Dicha documentación se evalúa en función de sus potenciales efectos sobre la salud de la población con el fin de informar y mejorar la toma de decisiones aportando recomendaciones que buscan optimizar los resultados en salud, principalmente de aquellas actuaciones que puedan originar un impacto en los grupos socialmente más desfavorecidos.
2.1 Aspectos contemplados en los informes
En relación a la Población que puede verse afectada:
• Ubicación y distancia de núcleos urbanos a la instalación/actividad por sus posibles impactos en salud
• Ubicación y distancia de población vulnerable (edad, sexo, discapacidad, exclusión social…), centros socio-sanitarios, centros docentes, parques infantiles etc.
En relación al impacto en la Hidrología (impacto en cantidad y calidad del suministro de agua de consumo humano (ACH) a la población):
• Descripción de los sistemas de abastecimiento de la zona
• Impactos en aguas superficiales y subterráneas que puedan incidir en la disponibilidad y calidad de ACH
• Protección y prevención de la recarga de acuíferos, red de drenaje y escorrentía superficial
• Prevención frente a vertidos accidentales
• Identificación de sustancias susceptibles de contaminar las aguas
En relación al posible impacto de agentes biológicos:
• Valoración de la posible emisión de agentes patógenos por la instalación
• Programa de prevención frente a Legionella
• Control de reforestación con objeto de evitar especies alergénicas en zonas de reforestación o jardines
En relación al posible impacto en la aparición de vectores:
• Posible riesgo de introducción o proliferación de especies de vectores transmisores de arbovirosis y otras enfermedades de trasmisión vectorial
• Descripción de medidas preventivas para evitar focos de cría.
En relación al posible impacto en aguas residuales:
• Descripción de sistemas de saneamiento, estaciones depuradoras
• Identificación de sustancias contaminantes
• Análisis de posibles puntos de exposición: aguas superficiales, subterráneas, de consumo humano, suelos
• Emisión olores y aerosoles
• Autorizaciones para vertidos
En relación al posible impacto en la calidad del aire:
• Información de niveles de fondo de contaminantes atmosféricos
• Fuentes de emisión. Contaminantes. Estimaciones de valores de inmisión
• Otras fuentes contribuyentes en la zona
• Identificación de actividades susceptibles de emitir contaminantes a la atmósfera (movimientos tierra, desbroce, tránsito vehículos,…)
• Consideración de las condiciones climáticas y calidad del aire en la programación de actividades
• Descripción de medidas preventivas correctas y/o control de niveles de inmisión (población)
En relación al posible impacto de ruido y vibraciones:
• Identificación de actividades susceptibles de producir ruido y vibraciones (obras, maquinaria, trasformadores, tráfico...)
• Descripción de medidas preventivas para su mitigación
• Niveles de ruido de fondo y modelización de posibles incrementos debidos a la instalación/actividad
• Otras fuentes contribuyentes en la zona
En relación al posible impacto por generación de campos electromagnéticos:
• Número de instalaciones. Ubicación exacta
• Modelo de simulación que aporte estimaciones de exposición o justificación.
• Estudio de sinergias con otros proyectos cercanos.
En relación al posible impacto del cambio climático:
• Desde el punto de vista del cambio climático, posibles afecciones a la población derivadas del plan/programa/instalación/actividad.
En relación al posible impacto por la generación de residuos:
• Identificación y clasificación residuos generados
• Sistema de gestión de residuos (minimizar consumo recursos, reutilización, reciclado, valorización)
• Posibles puntos de exposición (agua, aire, suelo)
En relación al posible impacto en la calidad de vida de la población cercana:
• Emisión de malos olores y medidas de control
• Impacto paisajístico: deterioro paisajístico y medidas de atenuación del impacto
2.2 Estructura general de un informe estándar
Un informe sanitario podría contener los siguientes apartados:
1. Breve descripción de la propuesta, actividad, proyecto.
2. Evaluación de los posibles impactos o riesgo en la salud de la población especialmente la más vulnerable, así como las medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias. Carencias detectadas en la evaluación de impactos en salud y recomendaciones.
3. Conclusiones
4. Valoración final de la propuesta que puede ser: FAVORABLE, FAVORABLE CONDICIONADO Y NO FAVORABLE
3. ENLACES
Guías Metodológicas para la Evaluación de Impacto en Salud Junta de Andalucía
3.1 CAJA DE HERRAMIENTAS: Cómo analizar el impacto en la salud y la equidad en salud de las iniciativas municipales. Guías Xarxa Salud. Generalitat Valenciana. Consellería de Sanitat Universal i Salut Pública. 2021
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación ambiental