La Conselleria de Sanitat concede subvenciones al colectivo de pensionistas, a las personas con diversidad funcional, a las personas menores de edad, a las personas en situación de desempleo y al colectivo de familias monoparentales, con la finalidad de compensar los gastos derivados de los tratamientos médicos prescritos por el personal sanitario.
Todas aquellas personas beneficiarias de las ayudas, que serán identificadas de oficio siempre que cumplan las condiciones establecidas, quedarán exentos del pago de los fármacos y los productos ortoprotésicos, sin realizar ningún trámite (excepto el colectivo de familias monoparentales que deben solicitarlo)
PERSONAS BENEFICIARIAS |
REQUISITOS |
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DESEMPLEO |
Agotada prestación por desempleo |
TSI 003 |
Rentas inferiores a 18.000 € |
Percibiendo prestación por desempleo |
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Percibiendo subsidio por desempleo |
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MENORES 18 AÑOS |
Beneficiarios de asegurados |
TSI 003 |
Rentas inferiores a 18.000 € |
PENSIONISTAS |
Asegurados y sus beneficiarios |
TSI 002-001 |
Rentas inferiores a 18.000 € |
FAMILIAS MONOPARENTALES |
Con título de familia monoparental expedido por organismo competente |
Rentas inferiores a 18.000 € |
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DIVERSIDAD FUNCIONAL |
Mayores de 18 años grado discapacidad igual o superior 65 % |
Normativa aplicable y trámites:
- Convocatoria para la concesión de subvenciones directas a familias monoparentales, para compensar gastos de protección de la salud en 2024
- Convocatoria para la concesión de subvenciones directas para personas pensionistas destinadas a compensar gastos relacionados con la protección de la salud durante 2024
- Convocatoria para la concesión de subvenciones directas para personas con diversidad funcional destinadas a compensar gastos relacionados con la protección de la salud durante 2024
- Convocatoria para la concesión de subvenciones directas para personas menores destinadas a compensar gastos relacionados con la protección de la salud durante 2024
Puede consultar si se le ha otorgado la subvención:
- En su Centro de Salud, con su Tarjeta SIP
- En su oficina de farmacia u ortopedia
- En la página web de la Conselleria de Sanitat, a través del siguiente enlace: https://www.san.gva.es/es/web/farmacia-i-productes-sanitaris/consulta-ayudas-copago
- En el Informe de Tratamientos Vigentes
En caso de no estar de acuerdo con su aportación farmacéutica puede rellenar el formulario de Discrepancia de datos y remitirlo a la Dirección Territorial de Sanidad de la provincia a la que pertenezca.
Este formulario también está disponible en su Centro de Salud.
Acceso al documento:
https://siac-front.gva.es/siac-front/public/descarga/es/F145439
- Personas en situación de desempleo que hayan agotado la prestación por desempleo con rentas inferiores a 18.000 €
- Personas en situación de desempleo que estén percibiendo la prestación por desempleo con rentas inferiores a 18.000 €
- Personas en situación de desempleo que estén percibiendo el subsidio por desempleo con rentas inferiores a 18.000 €
- Menores de 18 años beneficiarios de asegurados con rentas inferiores a 18.000 €
- Menores de 18 años con grado de discapacidad igual o superior al 33% y rentas inferiores a 18.000 €
- Mayores de 18 años con grado de discapacidad igual o superior al 65% y rentas inferiores a 18.000 €
- Familias monoparentales con rentas inferiores a 18.000 €
No, la aportación vendrá determinada en función del nivel de renta declarado en el IRPF del 2023.
En la Comunitat Valenciana existen subvenciones para el colectivo de personas en desempleo que perciben prestaciones por desempleo, tienen rentas inferiores a 18.000 € anuales y su código de aportación es TSI003. Estas subvenciones se conceden directamente con los datos que facilita el INSS, sin que sea necesario realizar trámite alguno. Al retirar sus tratamientos en la oficina de farmacia presentando su tarjeta SIP se aplicará directamente la exención del pago.
Tanto este colectivo, como sus beneficiarios, tendrán que abonar las siguientes cantidades cuando retiren sus medicamentos
RENTA |
APORTACIÓN |
LÍMITE APORTACIÓN MENSUAL |
|
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Rentas inferiores a 11.200 € anuales |
EXENTO |
Rentas inferiores a 5.635 € o inferiores a 11.200 € no obligados a presentar declaración IRPF |
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Rentas entre 11.200 y 100.000 € anuales |
10% pvp |
8,23 |
Renta inferior 18.000 € |
18,52 | Rentas entre 18.000 y 100.000 € | ||
Rentas superiores 100.000 € anuales |
60 % pvp |
61,75 |
No, la aportación vendrá determinada en función del nivel de renta declarado en el IRPF del 2023.
En la Comunitat Valenciana existen subvenciones para el colectivo personas en desempleo que perciben subsidio por desempleo, tienen rentas inferiores a 18.000 € anuales y su código de aportación es TSI003. Estas subvenciones se conceden directamente con los datos que facilita el INSS, sin que sea necesario realizar trámite alguno, al retirar sus tratamientos en la oficina de farmacia presentando su tarjeta SIP se aplicará directamente la exención del pago.
No, la aportación vendrá determinada en función del nivel de renta declarado en el IRPF del 2023.
En la Comunitat Valenciana existen subvenciones para el colectivo de desempleados que han agotado la prestación por desempleo, tienen rentas inferiores a 18.000 € anuales y su código de aportación es TSI003. Estas subvenciones se conceden directamente con los datos que facilita el INSS, sin que sea necesario realizar trámite personal alguno, al retirar sus tratamientos en la oficina de farmacia presentando su tarjeta SIP se aplicará directamente la exención del pago.
En la Comunitat Valenciana, se subvenciona la aportación farmacéutica al colectivo de personas con discapacidad cuyo grado de discapacidad, reconocido por el organismo competente en la materia, sea igual o superior a:
- 65% en mayores de 18 años
Estas subvenciones se conceden directamente con los datos que facilita la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, sin que sea necesario realizar trámite personal alguno. Al retirar sus tratamientos en la oficina de farmacia presentando su tarjeta SIP se aplicará directamente la exención del pago.